Caso
Historia
El 23 de marzo de 2008, alrededor de las 20:00 hs, Mara Sofía Mateu, de 16 años, salió de su casa en Santa Teresita con destino al centro de la ciudad. Alrededor de las 23 horas ya no respondía su celular. Su familia comenzó a buscarla, preocupada. A las 4:45 de la madrugada del día siguiente se radicó la denuncia por desaparición. Horas más tarde, a las 11:55, la policía halló el cuerpo sin vida de Mara entre los tamariscos de un médano. Había sido abusada sexualmente y asfixiada con el cordón de su zapatilla.
El caso generó una gran conmoción en Santa Teresita. El pueblo salió a la calle para exigir justicia. Ese mismo 24 de marzo, la policía detectó que se había colocado un chip en el teléfono celular de la víctima. La línea estaba registrada a nombre de Waldemar Elichiribehety, lo que condujo a la imputación de Diego Daniel Buzzo.
La prueba en contra de Buzzo fue abundante: su ADN se encontró en los hisopados vaginales de la víctima, en el cordón utilizado para asfixiarla, en la rama del arbusto donde se sujetó el cuerpo, y en un vello hallado sobre ella. Además, tenía en su poder el celular y el reproductor MP3 de Mara, y una testigo declaró haberlos visto juntos la noche del 23 de marzo.
La imputación contra Adrián Svich se basó en un único indicio inicial: una frase que, según empleados del hotel donde se hospedaba, dijo en medio de una discusión mientras se encontraba en estado de ebriedad. Las declaraciones varian sobre qué dijo textualmente. La sentencia utiliza la declaración de una de las empleadas que, según ella, Svich afirmó: “tengo una piba colgada de un árbol”. A partir de allí, la Fiscalía intentó construir una acusación que lo vinculara con el hecho.
En un primer momento, el juez de garantías dictó la falta de mérito por no existir prueba suficiente para acusarlo. Sin embargo, semanas después, se ordenó su detención nuevamente, luego de que el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) informara que había hallado ADN de la víctima en una camisa blanca secuestrada de su valija. Esa prueba fue clave para fundar su condena.
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Dolores condenó a Adrián Svich y a Diego Buzzo por el homicidio de Mara Matheu.
En junio de 2025, Innocence Project Argentina asumió la defensa técnica de Adrián Svich y presentó una acción de revisión ante el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires.
El análisis del caso que realizó IP reveló graves errores e inconsistencias en la condena. No existe ninguna prueba de que Svich y Buzzo se conocieran, ni de que Svich hubiese abandonado el hotel en el horario en que se cometió el crimen. Su coartada fue confirmada por testigos, y su presencia en la escena no fue corroborada por ninguna evidencia física: no se hallaron restos de arena ni vegetación en su ropa, ni rastros suyos en el cuerpo de la víctima.
Innocence Project Argentina presentó dos informes como prueba nueva. Uno fue elaborado por el Laboratorio PRICAI – Fundación Favaloro, que analizó el informe del BNDG y concluyó que debía desestimarse por completo: los datos eran inconsistentes, los análisis carecían de respaldo estadístico, y la interpretación de los perfiles genéticos era errónea y sesgada. El otro fue elaborado por la Lic. Silvia Bufalini, quien concluyó que no existía ninguna evidencia que acreditara la presencia de Svich en el lugar del hecho.
La condena de Adrián Svich se basó en una prueba genética incorrecta y en una serie de arbitrarias inferencias.
Actualmente, la acción de revisión se encuentra en trámite ante la Sala III del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires.