Reflexión
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En el año 2025, Yolanda Vargas1 fue procesada por la muerte de sus hijos en un incendio provocado por una falla eléctrica en la vivienda precaria en la que vivían. La acusación estaba basada en que ella había “fallado” como madre al dejar a sus hijos solos, en medio de una tormenta, para ir a buscar comida. Una madre soltera que no contaba con redes de apoyo y vivía en condiciones de pobreza, ¿tenía alternativas? ¿Puede el sistema penal exigir responsabilidades desconectadas de las condiciones materiales y estructurales en las que viven muchas mujeres?
Casos como el de Yolanda son lo que nos han llevado a preguntarnos: ¿qué pasa con las condenas erradas que afectan a las mujeres y se construyen sobre factores de desigualdad estructural? ¿Cómo juega el concepto tradicional de inocencia en estos casos atravesados por sesgos de género y estándares probatorios deficientes?
Este año nuestro reto fue plantear esta problemática en la Conferencia de la Red Inocencia que se celebra anualmente en los Estados Unidos. Con sede en Chicago, el encuentro contó con más de sesenta paneles, mil asistentes y la participación de proyectos de inocencia —más de 70 en todo el mundo—, personas exoneradas, expertos y actores claves del universo judicial. Escuchar historias y problemáticas de otras latitudes nos permite confirmar que el problema de las condenas erradas es mundial y que necesitamos promover cambios profundos para que pueda revertirse. El encuentro permite intercambios y aprendizajes, así como también fortalecer vínculos y generar acciones colectivas. Nuestro equipo, por segundo año consecutivo, planteó la necesidad de ampliar la mirada con un panel en la conferencia: “Criminalización de las mujeres y discriminación estructural: nuevos desafíos para la Innocence Network”. Decidimos que este encuentro uniera voces latinoamericanas (las abogadas argentina Camila Calvo y Micaela Prandi —coordinadora de IPA Argentina—), con los relatos y experiencias de otros rincones del mundo (los abogados Martina Cagossi de Italia y Richard Davis de Estados Unidos). El desafío fue, y sigue siendo, debatir los límites del concepto tradicional de “inocencia” en cuatro contextos clave: participación en delitos cometidos por hombres en contexto de violencia de género; “malas madres” (casos donde las expectativas sociales sobre la maternidad inciden en la atribución de responsabilidad penal); criminalización por eventos obstétricos y “mulas” (mujeres utilizadas como transportistas de droga).Entendemos que, desde sus orígenes, las organizaciones de inocencia —desde las primeras formadas en Estados Unidos, que se apoyaron fuertemente en el avance de la ciencia genética, hasta las que fueron floreciendo alrededor del mundo— han basado su trabajo en un modelo tradicional de inocencia fáctica, condenas firmes y la posibilidad de generar prueba nueva.
Sin embargo, con el paso de los años y en nuestra propia experiencia argentina, historias como la de Belén, Paola, Juana y Yolanda nos permitieron identificar formas de injusticia que el modelo original de los casos que acepta la organización excluye. Factores como la ciencia basura, los estereotipos de género, la responsabilidad por omisión, la pobreza, la violencia institucional e, incluso, el propio sesgo de las acusadas de considerarse culpables se convierten en barreras para identificar apropiadamente y accionar en estos casos de injusticia. Otro factor que encontramos en forma repetida es la criminalización de los eventos obstétricos, utilizando para esto la técnica de la docimasia como prueba fundante de que el feto nació con vida. Esta técnica, desestimada en la actualidad dadas las altas posibilidades de error, se sigue usando para sostener condenas. Se suma además el profundo sesgo de la justicia sobre las mujeres que, fundado en conceptos como el instinto materno, asume que cualquier mujer, sin importar sus circunstancias, debería saber cómo actuar frente a una emergencia obstétrica.
Estas reflexiones nos dejan múltiples preguntas abiertas sobre la necesidad de incorporar perspectiva de género, crear nuevas estrategias al momento de abordar los casos, considerar contextos de coerción y vulnerabilidad. También nos obliga a repensar en qué momento intervenir en los procesos judiciales y qué otros elementos pueden entrar en juego cuando el paradigma de inocencia se pone en jaque. Estos temas siguen trayendo muchos debates, tanto al interior de nuestra organización como en otros proyectos en el mundo. Quizás el desafío no es preguntarnos qué casos encajan en nuestras categorías existentes sino si nuestras categorías son suficientes para las injusticias que enfrentan las mujeres.
1 Caso Yolanda: https://www.instagram.com/p/DG6QTzOPMs5/?img
2Ver amicus caso Belén: https://www.instagram.com/p/DPPd5MCj_HD/?img
3 Caso Paola: https://www.instagram.com/p/DScueQ2DW5X/?img
4 Caso Juana: https://www.instagram.com/p/DVn98RSjWmF/?img