Entrevistas
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El 17 de agosto de 2020, a cinco meses de aislamiento por la pandemia de COVID, Juana (nombre ficticio para resguardar su identidad) –de 25 años– padeció un evento obstétrico: el alumbramiento sorpresivo de un feto muerto de gestación avanzada.
Juana no recuerda detalles sobre el hecho y no sabía que estaba embarazada. Su relato, junto a otros indicios –menstruaciones irregulares, ausencia de síntomas y de cambios corporales–, se inscribe dentro de lo que se denomina un “embarazo críptico”: una gestación que pasa inadvertida hasta etapas muy avanzadas o incluso hasta el momento del parto.
Al encontrarla desmayada, en medio de una hemorragia, sus familiares llamaron a una ambulancia del SAME. Una médica constató el fallecimiento del feto. A pesar del delicado estado de salud de Juana y de tratarse de una emergencia obstétrica, la médica decidió esperar mientras solicitaba la presencia policial. Tras un lapso significativo sin que llegara la policía, los padres de Juana tuvieron que insistir para que fuera trasladada al hospital.
Hoy, cinco años después, Juana será juzgada por homicidio agravado por el vínculo. La acusación sostiene que hubo un nacimiento con vida y que Juana habría sacudido violentamente al feto, lo que ocasionó su muerte.
Este 8 de marzo, en conmemoración del Día Internacional de la Mujer, elegimos contar su caso. Entrevistamos a Juana y a su abogada, Luciana Sánchez, para entender cómo los estereotipos de género y el mal uso de la ciencia pueden transformar una emergencia obstétrica en una causa penal.
Cuando una emergencia médica se convierte en sospecha
Innocence Project Argentina: ¿Qué es una emergencia obstétrica?
Luciana Sánchez: Una emergencia obstétrica es un término médico, ajeno al sistema jurídico. Comprende situaciones que les pueden suceder a las personas gestantes antes, durante o inmediatamente después del parto. Son situaciones que no pueden prevenirse y pueden suceder tanto dentro como fuera de un contexto hospitalario. En nuestro país, las emergencias obstétricas no son un crimen.
IPA: ¿Qué estereotipos suelen activarse cuando una persona gestante atraviesa una emergencia fuera del hospital?
LS: Todos los casos penales que encubren emergencias obstétricas que suceden fuera de un hospital, en donde las imputadas son las gestantes, están atravesados por estereotipos.
El primer estereotipo está muy conceptualizado, lo define la Corte Interamericana en el caso Artavia Murillo, y tiene que ver con esta idea de que el feto es más importante que la persona gestante y que debe hacerse todo para priorizar su vida y bienestar.
También tenemos el estereotipo de la maternidad obligatoria, del instinto materno, esta suerte de disyuntiva que se plantea siempre entre el feto o la madre ante una emergencia obstétrica.
Sumado a esto, vamos a tener el estereotipo de la mala madre, la mala víctima. Pero todos estos estereotipos responden a una primera pregunta: ¿por qué el muerto es el bebé y no ella? Si lo que ella tendría que haber hecho es morirse y, como no se murió, eso la convierte en una mala madre que mató al feto.
El problema no es solamente que las mujeres son tratadas como malas madres o que las personas gestantes son tratadas como sospechosas, sino que esto tiene un impacto muy concreto en cómo se evalúa qué prueba entra al juicio.
Es decir, los estereotipos de género tienen impacto en cuestiones que son muy profundas, como la valoración sobre si una prueba es científica o no. En este caso en particular, siguen aplicándose sistemáticamente formas no científicas de prueba para determinar las causas de la muerte perinatal y la existencia o no de un nacimiento con vida —como la docimasia y el análisis fragmentado de los resultados de otro tipo de pruebas— a pesar de la existencia de estándares internacionales.
IPA: En el caso de Juana, ¿qué ocurrió en la escena inicial y qué decisiones marcaron el rumbo de la investigación?
LS: Tenemos una dimensión del caso de la que no hemos hablado y es que las personas no pueden ser denunciadas por los médicos que las atienden. Está prohibido.
Y en este caso, para empezar, tenemos a la médica del SAME que llegó, vió a Juana en una escena que correspondía con una emergencia obstétrica —desmayada, con una hemorragia— y un feto muerto. No había nada que la médica pudiera hacer por el feto. Esto define que no era su paciente y es algo muy importante a tener en cuenta respecto a lo que la médica debía hacer, a quién debía atender. Esta médica pone el feto en una palangana y llama a la policía. Es decir, la escena no fue preservada, y la salud de Juana no fue atendida. ¿Qué indica esto? Que esa médica no tiene claro qué es lo que tiene que hacer ante esta situación. Si no es un crimen y es una situación sanitaria, no tiene que llamar a la policía.
La misma situación se repitió en el hospital, con el agregado de que allí algunos de los médicos y médicas que atendieron a Juana decidieron que se trató de un nacimiento con vida. ¿Por qué? Porque se les ocurrió. Cada uno opina lo que tiene ganas con base en que llega un cuerpo de un feto en un balde. Incluso se lo muestran a la mamá de Juana tratando de que haga la denuncia y a la misma Juana quien, hasta ese punto, no sabía que estaba embarazada. Es una forma de tortura muy vieja.
Se omitió por completo el llamado Protocolo Mariposa, en ese territorio se llama Protocolo Colibrí*, que es justamente el lineamiento a seguir cuando hay una muerte perinatal.
IPA: Ustedes identificaron también otras irregularidades en la investigación.
LS: Sí, a partir de ese punto, empieza un derrotero: la policía que fue llamada a la casa de Juana fue, pero no encontró ningún delito. Se hizo una denuncia al 911 desde el hospital, pero tampoco encontraron ningún crimen. Desde el área de legales del hospital, llamaron a la fiscalía de turno pero ellos tampoco abrieron el caso. Y, unos meses después, legales del hospital llamó a la Fiscalía número tres, reconocida por las organizaciones feministas con trayectoria en el territorio y que han litigado allí por su poca perspectiva de género y su accionar punitivista.
Esta fiscalía es la que lleva a cabo esta investigación, que no solo no respetó la prohibición de iniciar una causa penal con una denuncia en base a información obtenida de modo ilegal, sino que además continuó llevando a cabo distintas medidas de prueba que también son ilegales: citaron a Juana y a su madre a la comisaría sin decirles que estuviera acusada por ningún delito, recibieron declaración testimonial de la madre sin decirle que no puede declarar contra su hija, enviaron a la casa una policía que entró —esto es un allanamiento sin orden— porque se presentó como trabajadora social.
Violaron todas las garantías procesales contra la injerencia indebida del Estado.
IPA: ¿Qué estándares deberían quedar claros para evitar que una emergencia obstétrica termine en criminalización?
LS: Creo que a partir de este caso podemos clarificar de forma muy concreta al menos tres estándares necesarios para que esto no vuelva a ocurrir.
Primero, entender que las emergencias obstétricas no son un delito.
Segundo, que los equipos sanitarios no deben hacer denuncias que violan el secreto profesional. Esto lo dijo la Corte Suprema (Fallo Baldivieso) y necesitamos que ese estándar quede claro para todos los casos de criminalización de personas gestantes.
Tercero, la docimasia y sus métodos adyacentes, que se usan regularmente en casos de muerte perinatal para determinar si hubo respiración post parto como indicio de “nacimiento con vida” y posterior muerte por trauma doloso, no son prueba científica, tal como ha sido establecido por numerosos tratados forenses y tribunales, entre ellos la Corte IDH en el caso “Manuela v. El Salvador”. Es lo mismo que tratar de condenar a alguien en base a su signo zodiacal. Y del mismo modo, no se puede determinar mirando a un feto, si nació muerto o vivió cinco minutos.
Por eso, es necesario clarificar cuándo las conclusiones de las autopsias están basadas en pruebas científicas y cuando lo están en creencias personales y estereotipos de género. Así, poder dejar claro que es misión de los fiscales no llevar a juicio casos en base a prueba pseudocientífica, y es misión de los jueces/as garantizar que no se lleve a juicio a personas que llegan acusadas en base a prueba que no es científica ni confiable, y mucho menos, que se las condene sobre esta base.
Un dato clave: el uso de la docimasia
En este caso, como en muchos otros, se utilizó la llamada “prueba de las docimasias”, una técnica heredada del siglo XVII, a pesar de que la ciencia forense evita desde hace años su uso por tratarse de una prueba cuyos resultados no son concluyentes.
La literatura forense describe un mayor riesgo de resultados falsos positivos ante putrefacción y exposición a bajas temperaturas. En este caso, el feto permaneció en cámara de frío hasta la autopsia realizada tres meses después.
Juana, más allá del expediente
IPA: ¿Qué te gustaría que la gente supiera de vos?
Juana: De mí, lo que me gustaría que se sepa por fuera del caso es que soy una mujer de clase trabajadora, emprendedora. Tengo el secundario terminado, hice la carrera de psicología durante tres años y la dejé cuando pasó la emergencia obstétrica. También soy acompañante terapéutica, estimuladora temprana, estudié en el Hospital de Clínicas de la UBA. Vivo en la misma casa de siempre, con mis papás y mi hermano, con mis perros. Me gustan mucho los perros. Tengo amigos del colegio y también amigos nuevos que conocí por fuera del colegio. Actualmente, trabajo desde mi casa, me dedico al diseño digital.
IPA: ¿Habías escuchado hablar de una emergencia obstétrica o de lo que se conoce como embarazo críptico?
Juana: No, antes de que todo esto me pasara, no sabía lo que era una emergencia obstétrica ni un embarazo críptico, no sabía que existían como tal.
IPA: Después de atravesar este proceso, ¿qué prejuicios descubriste que existen en la sociedad y en el sistema de justicia?
Juana: Estamos llenos de prejuicios. Me incluyo porque creo que todos en algún momento prejuzgamos en muchos temas. Pero hay un prejuicio que siento que es mucho más doloroso. Siento que creen que una persona que está embarazada lo sabe todo, por el solo hecho de ser gestante. Pero no somos ni médicas, ni psicólogas, ni parteras. No tenemos por qué saber todo acerca de nuestros procesos físicos y mentales, porque para eso están los médicos, que son quienes tienen que curarte, darte alguna explicación, acompañarte y brindarte asistencia, tanto médica como psicológica. Y en vez de hacer eso, sacan conclusiones sin ver de cerca a la persona y evaluar contextos. En esos casos, el prejuicio es más victimizante.
Y la justicia debería saberlo también. Me parece que la clave, en lo judicial, es cambiar la mirada, realmente aplicar la perspectiva de género de manera obligatoria y tener en cuenta la salud mental en temas de salud sexual y reproductiva de las personas gestantes. Me parece que es muy importante que se trabaje de una manera integral.
IPA: En este tiempo, ¿qué cosas o personas te sostuvieron?
Juana: Durante todo este tiempo lo que me sostuvo fue mi familia, la terapia, mis perros, mis amigos que están también acompañándome, Luciana —mi abogada, que es una genia, que siempre está aclarándome todas las dudas y que lucha incansablemente para defenderme—. Eso en lo más íntimo. Y después las organizaciones sociales que salieron a pronunciarse pidiendo mi libertad —como el CELS, INECIP, APP— pidiendo la nulidad de la causa. Y cada una de las personas que se acerca y difunde este caso también me sostiene, me hace tener energía y fuerza para seguir luchando, porque la verdad que es una lucha muy larga.
El caso de Juana no es un hecho aislado
Desde Innocence Project Argentina advertimos con preocupación un patrón de criminalización de mujeres que atraviesan emergencias obstétricas fuera del ámbito hospitalario. Esta criminalización suele apoyarse en la utilización de pruebas científicamente desacreditadas y en la reproducción de prejuicios y estereotipos que condicionan la interpretación de otras evidencias.
*El “Protocolo Colibrí”, llamado así por el símbolo que lo representa, es una guía de atención humanizada que se implementa en hospitales para acompañar situaciones de duelo perinatal y neonatal. Su propósito es garantizar que las familias reciban un trato digno, respetuoso y sensible ante la pérdida de un bebé. Esto incluye señalización específica dentro de las instituciones, acompañamiento emocional y prácticas de cuidado acordes a la situación.
En 2023, este enfoque fue respaldado por la sanción de la Ley 27.733, conocida como Ley Johanna, que establece procedimientos médico-asistenciales para la atención de mujeres y personas gestantes frente a la muerte perinatal.