Entrevistas
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En abril de este año, organizamos un panel en la Innocence Network Conference. Fue en Seattle, entre voces de personas exoneradas, activistas, abogados y abogadas que forman parte de proyectos de inocencia de todo el mundo. Todos compartimos una misma pregunta: ¿cómo evitar que el error judicial se convierta en rutina?
El panel que presentamos se llamó “Docimasia bajo escrutinio: prevenir la criminalización de mujeres por eventos obstétricos”, y fue una manera de volver —desde lejos y entre muchas— a una causa que en Argentina marcó una época: el caso Belén.
Este texto nace a partir de esa conversación y de la reflexión que surgió entre algunas abogadas del equipo. Es una forma de volver a mirar lo que pasó, lo que sigue pasando y lo que no puede volver a pasar. Una forma de insistir en algo que parece obvio pero aún sucede: personas condenadas sin pruebas, ciencia utilizada como castigo y una justicia penal que, si no incorpora una mirada crítica de la evidencia, seguirá siendo una máquina de daño.
Belén no se llamaba Belén. Su nombre verdadero lo entregó el propio tribunal que la condenó, como si su privacidad fuese un detalle menor, como si su derecho a no ser revictimizada no mereciera defensa. Hasta ese momento, su identidad había sido resguardada bajo un nombre prestado que se convirtió en consigna: “Todas somos Belén”.
En 2014, Belén, de 25 años, acompañada por su madre, llegó al Hospital de Clínicas Presidente Dr. Nicolás Avellaneda de la provincia de Tucumán con un fuerte dolor abdominal. No sabía que estaba embarazada. Fue sedada por el dolor y la dejaron en observación. Fue dos veces al baño. Luego, acostada y pensando que se había hecho pis, le pidió ayuda a su madre. Minutos después, vieron la sangre en la cama y los médicos la trasladaron a la guardia ginecológica. Belén había tenido un aborto espontáneo. Como consecuencia, le realizaron un raspaje. Al despertarse, ya era acusada de homicidio agravado por el vínculo.
Lo que vino después fue un dispositivo aceitado de violencia institucional: un médico que violó el secreto profesional y entregó su historia clínica sin su consentimiento, policías que la hostigaron mientras salía de la anestesia, una justicia que no dudó en aplicar sobre su cuerpo las categorías del castigo antes que las del derecho. Belén fue del hospital a la prisión. Estuvo presa por más de dos años y atravesó un proceso plagado de irregularidades.
La principal prueba para condenarla fue una técnica heredada del siglo XVII: la docimasia, también conocida como “flotado pulmonar”. Consiste en sumergir los pulmones del feto en agua para ver si flotan. Si lo hacen, se presume que respiró. Si se hunden, se presume que no.
El problema es que ese test no prueba nada con certeza. Como bien señaló Marta Cohen durante el panel, basta que haya habido descomposición, reanimación o parto en el agua para que el resultado del test pueda ser un falso positivo. La ciencia forense hace años desaconseja su uso como prueba concluyente. Sin embargo, fue suficiente para encarcelar a Belén durante más de dos años. Además, nunca se comprobó con certeza la edad gestacional del feto. Tampoco su filiación. Nada de esto detuvo al sistema penal.
¿Quiénes levantan la voz cuando el poder judicial acusa sin fundamento? Esa fue una de las preguntas que atravesó el panel y también una de las respuestas más potentes: la organización.
Como explicó Paola Bergallo, lo que permitió revertir la condena fue una red de trabajo colectiva e interdisciplinaria, formada por abogadas, científicas, periodistas, activistas, profesionales de la salud y organismos de derechos humanos. No se trató de una sola estrategia, sino de muchas: jurídicas, comunicacionales, médicas, políticas.
Innocence Project Argentina fue parte de esa red. El caso era en extremo paradigmático: mostraba cómo el incorrecto uso de la ciencia por parte de la justicia puede destruir vidas. Condenar a una persona inocente a 8 años de prisión por un crimen que no existió. La pregunta que guió su participación fue sencilla y urgente: ¿Cómo puede construirse una condena sin evidencia válida?
La defensa en segunda instancia, liderada por Soledad Deza, fue el reflejo de ese entramado. Además de la lucidez, el compromiso y la capacidad de Soledad Deza, el escenario fue el resultado de años de articulación entre feminismo, derechos humanos y ciencia.
En 2017 Belén fue absuelta por la Corte Suprema tucumana. En agosto de 2016 la misma Corte ordenó su inmediata liberación, mientras resolvía el recurso interpuesto por su defensa. Al salir del penal, la esperaba un grupo de mujeres con máscaras blancas que decían “Todas somos Belén”. Ella también salió con una de esas máscaras, entregada por su abogada, no solo para proteger su identidad, sino como acto de resistencia. Ese cuerpo que había sido criminalizado no era solo suyo. Su condena injusta era colectiva. Lo que estaba en juego era algo más que su libertad: era el derecho de las mujeres a no ser tratadas como sospechosas por el solo hecho de parir, abortar o atravesar un embarazo sin saber que estaban embarazadas.
La salida del penal de Belén quedó grabada como una representación de la justicia poética. Globos fucsia volaron en el cielo en el momento exacto en que Belén cruzaba las rejas del penal. La premisa era clara: ninguna más estaría sola. “Todas somos Belén” no fue un simple lema, fue una declaración política de lucha compartida.
El caso Belén dejó muchas lecciones. Entre ellas, que la docimasia no debe seguir decidiendo culpabilidades. Que la justicia no puede actuar con prejuicios. Y que cuando el poder oprime, organizarse salva.
El caso de Belén puso en el centro del debate público dos temas fundamentales: la necesidad de una justicia penal con perspectiva de género y el rol de la ciencia en el proceso judicial, ambos debates todavía esenciales en la actualidad. Además, este caso impulsó de manera decisiva la discusión nacional sobre el derecho al aborto legal, seguro y gratuito en Argentina. La movilización de mujeres y organizaciones feministas que se afianzó a partir de este proceso culminó, años después, en la sanción de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en diciembre de 2020.